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Origen jurídico del Compliance
La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio introdujo en nuestro ordenamiento la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Poco después, la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, acomete una importante modificación del art. 31 bis, regulando los modelos de organización y gestión que pueden eximir de responsabilidad a las personas jurídicas.
Las posibles consecuencias van desde multas, suspensión de actividades, clausura de locales, prohibición de volver a realizar las actividades que venía realizando, inhabilitación para obtener subvenciones, la intervención judicial e incluso la disolución de la persona jurídica.
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